Notificación de recepción de gasóleo B: ¿cuál es el plazo?
Arturo Sánchez | FIDE asesores fiscales CEEES
18/05/2026
Pregunta
Un operador ha recibido gasóleo B y no ha podido realizar la notificación de recepción a la Agencia Tributaria por tener caducado el certificado digital. ¿De cuánto tiempo dispone para efectuar dicha notificación?
Respuesta:
De acuerdo con la Orden HAC/481/2019, de 26 de marzo, los receptores de productos sujetos a impuestos especiales que circulen dentro del territorio nacional con documento administrativo electrónico están obligados a presentar la notificación de recepción tan pronto como se reciban los productos y en todo caso, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la finalización de la circulación
Asimismo, en caso de incidencias que impidan realizar la notificación por los canales habituales (como problemas con el certificado digital), puede comunicarse la situación mediante escrito ante la Agencia Tributaria.



